Y ¿cuál es ese ‘paso previo’ que, en nuestra opinión, debió dar la sociedad civil española para proceder ordenadamente de la dictadura a la democracia? Pues, ese paso fue, sencillamente, el entablar un proceso histórico al franquismo. Los ‘supérstites’, herederos naturales de la dictadura, constituidos en personas jurídicas, quisieron negociar democracia a cambio de impunidad. Esa sería, en último término, la “ley de punto final” de la dictadura. La Ley de Amnistía, que gestionaron los damnificados del franquismo para poder neutralizar los residuos de la dictadura y sacar de las cárceles a quienes aún seguían allí por causas políticas (ley que, por cierto, se abstuvieron de votar, según tengo entendido, los de AP en el Parlamento) ha sido invocada después por los mismos para negociar la democracia a cuenta de impunidad. Con lo cual a ellos la democracia les salía gratis. El resto de los españoles tenía que pagar el alto precio de no reclamar daños ni perjuicios (¡ni siquiera los de índole moral o psicológica!). Y más aún: la Ley de Amnistía, cuya aprobación hubo de proponerse al Parlamento para sacar de las cárceles a los presos políticos, se invoca ahora para ‘ilegitimar’ cualquier reivindicación política relacionada con la condena de los crímenes del franquismo, como hemos visto en el caso del juez Garzón.
En resumen, la democracia, según esta particular “ley del embudo” de la supervivencia del franquismo, vendría a reducirse al consabido “Borbón y cuenta nueva”. Aquí no ha pasado nada. Sin tener en cuenta, por lo demás, que el restablecimiento de la monarquía en la persona del rey Juan Carlos supuso una imposición del dictador, sin contar con la opinión del pueblo español acerca del asunto, como sería propio de la democracia. Sólo el sobresalto histórico del “tejerazo” facilitó la oportunidad de que el rey, poniéndose de parte del pueblo, se ganase la legitimidad de su nombramiento (‘a dedo’ y saltándose la sucesión dinástica, que correspondía a su progenitor) La manifestación ‘monstruo’ que tuvo lugar días después de aquel suceso equivalió a un plebiscito de refrendo popular que legitimaba a la monarquía.
La Transición constituye el estancamiento permanente en esta especie de sucedáneo de la democracia. El juez Garzón, que encausó a dictaduras foráneas como la chilena de Pinochet y la argentina de Videla, dio en hueso cuando trató de hacer otro tanto con la española de Franco. El juez que aceptó, a instancias de los damnificados de la Dictadura, incoar un proceso a fin de investigar los crímenes del franquismo, se encontró involucrado de pronto en un triple proceso: por escuchas ilegales (en el caso de los implicados de la Gürtel), por presunta prevaricación, al investigar unos crímenes que se da por supuesto que prescribieron con la mencionada Ley de Amnistía, y, por último, por el cobro de unos emolumentos que se suponen relacionados con el tráfico de influencias. Juzgado e inhabilitado el juez en el primero de estos procesos, ha sido absuelto en el segundo y en el tercero de los casos (en el último, por prescripción del ‘presunto’ delito)
Durante el juicio relacionado con los crímenes del franquismo se tomó declaración a algunos de los muchos damnificados, víctimas de las represiones que, sistemáticamente, llevaron a cabo los implicados en la rebelión militar. Con esas declaraciones se puso de manifiesto que el proceso contra el franquismo es no sólo viable, sino también una cuenta pendiente de nuestra democracia. En el curso del proceso, algunos abogados de la parte querellante, “Manos limpias”, pretendieron resaltar la improcedencia de las reclamaciones, intentando equiparar los fusilamientos de Franco y los fusilamientos de la Moncloa, en 1808, como si se tratara de hechos igualmente distantes y caducados. A lo que hubo de replicar algún miembro del TS que en el presente caso existían hijos y nietos de los damnificados, no así en el de las ejecuciones de las que Goya dejó constancia en su famoso cuadro.
En fin, el proceso al franquismo (aun en el caso de que todos los culpables directos estén ya muertos) es una necesidad de la democracia bien entendida. Si Garzón no ha podido hacerlo (porque el asunto no fuese de su competencia) que diga el TS a quién o quiénes corresponde la puesta en marcha de este proceso, como paso imprescindible para la efectiva transición de la dictadura (en fase de liquidación cuando se aprobó la Constitución de 1978) a la democracia real (en el sentido de 'verdadera') a la que aspirábamos los expoliados herederos de la República.
La democracia no lo será de verdad hasta que no haya logrado desmontar cualesquiera mitos referidos a una presunta legalidad del franquismo.